Recordamos a los Estados que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad requiere que se eliminen los internamientos y tratamientos involuntarios en los servicios de salud mental y se liberen a los detenidos y tratados contra su voluntad bajo tales regímenes. Esta obligación no se suspende durante la pandemia de COVID-19, ya que la detención discriminatoria nunca está justificada, ni la administración de tratamientos que alteran la mente contra la voluntad de una persona.